Restricción de movimiento espinal

Restricción de Movimiento Espinal, Importante en ámbito prehospitalario

Ahora es Restricción de Movimiento espinal.

El control cervical manual y la colocación de un collarín son imprescindibles en el abordaje inicial de un traumatizado, pero la Restricción de Movimiento Espinal sistemática y el traslado posterior con collarín cervical de todos los accidentados es una práctica que no se sustenta a la luz de la evidencia científica publicada. Si bien las técnicas actuales limitan o reducen el movimiento indeseado de la columna vertebral, no proporcionan una verdadera inmovilización espinal. Por esta razón, el término “Restricción de la Movilidad Espinal (RME)” ha ganado adeptos a la “inmovilización espinal”, aunque ambos términos se refieren al mismo concepto. El objetivo de la Restricción de Movimiento Espinal y la inmovilización espinal en el paciente traumatizado es minimizar el movimiento no deseado de la columna vertebral potencialmente lesionada.

Inmovilizacion espinal
Paciente con restricción de su movimiento, obtenida de https://signosvitales20.com/tag/restriccion-del-movimiento-espinal/

¿Qué es lo primero que debe hacerse?

La primera acción a realizar en todo paciente traumatizado es el control cervical manual. Aunque la frecuencia de presentación de lesiones medulares tras un traumatismo es baja (40 personas por millón, con 12.000 nuevos casos al año en Estados Unidos), sus efectos potenciales son catastróficos y también lo es una inmovilización y una movilización incorrectas de estos pacientes.

Por tanto, es fundamental ser muy escrupulosos en este aspecto de la atención al traumatizado, no solo en la asistencia in situ, sino también durante toda la cadena asistencial, hasta que se descarte mediante un estudio radiológico la existencia de afección vertebral o medular en el ámbito cervical.

Pero la asistencia correcta al paciente traumatizado no puede limitarse, cuando la realiza personal cualificado y experto, a la simple aplicación del axioma que afirma que “todo traumatizado tiene una lesión de columna hasta que se demuestre lo contrario”. No cabe duda de que éste es muy útil para el abordaje inicial en el lugar del traumatismo, cuando la falta de información exacta sobre su carácter y las posibles lesiones suponen que lo más adecuado y sencillo sea adoptar todas las precauciones posibles para minimizar la lesión primaria y evitar la aparición de lesiones secundarias.

El Comité de Trauma del Colegio Americano de Cirujanos (ACS-COT), el Colegio Americano de Médicos de Emergencia (ACEP) y la Asociación Nacional de Médicos EMS (NAEMSP) han aportado anteriormente una orientación variada sobre el papel de los tableros de soporte y la inmovilización espinal Prehospitalaria

Las indicaciones para Restricción de Movimiento Espinal después de un traumatismo cerrado incluyen:

  1. Nivel de conciencia alterado de manera aguda (p. Ej., GCS)
  2. Dolor en el cuello o la espalda en la línea media y / o sensibilidad
  3. Signos y / o síntomas neurológicos focales (p. Ej., Entumecimiento o debilidad motora)
  4. Deformidad anatómica de la columna vertebral
  5. Circunstancias de distracción o lesiones (por ejemplo, fractura de huesos largos, avulsiones o lesiones por aplastamiento, quemaduras grandes, angustia emocional, barrera de comunicación, etc.) o cualquier lesión similar que afecte la capacidad del paciente para contribuir a un examen confiable
Abordaje de paciente de trauma, obtenida de https://fisioterapia.org/articulos/abordaje-del-paciente-traumatizado/

Estos aspectos de ser normales no está indicada la Restricción de Movimiento Espinal

  • Ausencia de dolor en la columna cervical.   

    Se considera que hay dolor óseo en el raquis cervical si el paciente refiere dolor a la palpación de la columna cervical en la línea media de ésta, desde la nuca hasta la prominencia de la primera vértebra torácica, o si muestra dolor a la palpación de las apófisis espinosas de las vértebras cervicales.

  • Ausencia de evidencia de hallarse bajo la influencia de tóxicos.

    Se considera que un paciente está bajo la influencia de tóxicos si: reconoce, o alguien afirma haber presenciado, la ingesta de algún tóxico (drogas, alcohol, etc.); presenta evidencias de intoxicación (fetor etílico, lenguaje mal articulado, ataxia, dismetría u otras señales de afectación del cerebelo), o presenta un comportamiento compatible con la ingesta de tóxicos. También si da positivo en alguna prueba que mida el consumo de alcohol u otras drogas que afecten al nivel de conciencia, y si se le han administrado fármacos que puedan alterar éste durante la asistencia previa a la evaluación.

  • Nivel de conciencia normal.

    Se considera que está alterado cuando el paciente tiene un Glasgow de 14 o menos o presenta: desorientación en espacio, tiempo o persona; un déficit de memoria a corto plazo; una respuesta lenta o inapropiada frente a estímulos externos; una reacción aguda de estrés; o algún otro signo de alteración de la conciencia. • Ausencia de déficit neurológico focal, ni motor ni sensitivo, en la exploración física.

  • Ausencia de otras lesiones dolorosas que desvíen su atención y enmascaren un posible dolor en la región cervical.

    Es imposible definir con precisión cuáles son estas heridas. Hay cierto consenso en incluir dentro de ellas, al menos: las fracturas de huesos largos; las heridas viscerales que requieran atención quirúrgica; laceraciones importantes, desgarros o aplastamientos de extremidades o partes de ellas; quemaduras importantes, o cualquier otra herida que cause impotencia funcional o que el médico considere que tiene la capacidad de interferir con la capacidad del paciente de apreciar otras lesiones.

Conclusión

La inmovilización vertebral presenta efectos secundarios, por lo que no debe realizarse de forma indiscriminada. La práctica clásica de usar el mecanismo lesional como único criterio para colocar un collarín cervical está superada por la evidencia  científica y debe abandonarse.

La publicación de los estudios National Emergency X-Radiography Utilization Study (NEXUS) y The Canadian C-spine Rule (CCR) nos proporciona unas herramientas de decisión que, desarrolladas en los algoritmos correspondientes, nos permiten realizar con garantías una inmovilización cervical selectiva de los pacientes afectados por un traumatismo.

Fuente Consultada

Fisher, P. ;  Debra, P. ; Delbrige, T. et.al (2018). Restricción de movimiento espinal en el paciente de trauma: Declaración de posición conjunta. EMS: Solutions International. [Revista en línea] Disponible en: https://drive.google.com/file/d/1eSzxZ0ey5fA4ag_SlFLMvTmGHa0clgL0/view

 

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